Un linarense recuperará más de 10.000 euros por la nulidad de una tarjeta ‘revolving’

Un juzgado de Linares considera abusivos los intereses aplicados al usuario por una entidad financiera a la que obliga a anular el contrato y devolverle el dinero

Los juzgados de primera instancia comienzan a llenarse de pleitos por las denominadas tarjetas ‘revolving’ -o de pago aplazado-, un producto a priori atractivo porque es fácil de conseguir, pero a la larga puede acabar sumiendo a los usuarios en una espiral de deudas de las que se ven incapaces de salir a causa de los desmesurados intereses.

Es lo que le ocurrió a un linarense con una entidad financiera con la que contrajo una deuda desproporcionada por culpa de unos intereses abusivos y por falta de transparencia en el contrato, tal y como recoge la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Linares. Y no solo ha declarado nula la relación contractual entre ambas partes, sino que el banco deberá devolverle todo el dinero cobrado de más, unos 10.000 euros.

El fallo del magistrado pone fin al calvario vivido por este linarense que, además, ha quedado absuelto de la demanda presentada por una sociedad mercantil encargada de reclamar las deudas contraídas con el banco que inicialmente concedió la tarjeta ‘revolving’ «Son más fáciles de obtener, por lo que se presentan como la solución ideal para aquellos que, por sus condiciones económicas, no pueden acceder a un préstamo tradicional», explica a El Observador, Fernando Moreno Marín, el abogado que ha logrado eliminar la deuda de este linarense y recuperar, del mismo modo, el dinero pagado en concepto de intereses al haber sido también anulados.

No es el único caso ganado por el bufete linarense Joaquín Silva y Asociados, al que pertenece Fernando Moreno, experto en experto en reclamaciones financieras. En estos momentos, una docena de vecinos de Linares y otros municipios cercanos ha presentado demandas antes los tribunales.

En marzo del año pasado, el Tribunal Supremo sentenció que las tarjetas de crédito con esta modalidad de pago aplazado que conlleven para el cliente un tipo de interés superior al precio normal del dinero y manifiestamente desproporcionados son usurarios y debían ser anulados. Se basa en la Ley de Represión de la Usura, que data del año 1908.

¿Qué se puede reclamar y cómo hacerlo?

Fernando Moreno, uno de los letrados de referencia en derecho bancario de Andalucía, explica que cualquier usuario de este tipo de tarjetas tiene derecho a reclamar las cantidades abonadas de más hasta la fecha, tanto si han impagado cuotas como si se encuentran al corriente de los pagos.

Una vez recopilada la documentación -contrato firmado con la entidad y los cuadros de amortización de la tarjeta-, lo más recomendable es pedir asesoramiento legal para calcular con exactitud la cifra a reclamar y elegir la vía a tomar.

Foto: Javier Esturillo

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