El Ayuntamiento de Linares abre el plazo de solicitud de la bonificación sobre la cuota tributaria en la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos y utilización del vertedero para la anualidad 2022.
Podrán adquirir la condición de beneficiario las personas cuya situación cumpla con los
siguientes índices:
Las personas cuya situación económica que se indican a continuación, podrán disfrutar de
una bonificación sobre la cuota tributaria del 100% en la tarifa de basura doméstica, siempre que
sus ingresos por unidad familiar no sobrepasen el Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) vigente en
el momento de practicar la bonificación y fijado por el Gobierno de la nación en los siguientes
porcentajes:
Los pensionistas y jubilados gozarán de la tarifa reducida si sus ingresos, por unidad familiar, no
superan al S.M.I.
Requisitos
Los requisitos a cumplir para solicitar la concesión de la bonificación de la tasa de recogida,
tratamiento y eliminación de residuos sólidos son los siguientes:
1º.- Presentar la solicitud con la documentación adjunta que en la misma se determina.
2º.- El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del
siguiente al día de la publicación de la convocatoria en los tablones de anuncios del Ayuntamiento
y del Área de Servicios Sociales.
3º.- No ser titular de bienes susceptibles de producir rentas, en dinero o en especie, a excepción del
inmueble que constituya la vivienda familiar y de un vehículo de uso particular.
4º.- No ser deudor de la Hacienda Municipal. No se entenderá deudor en los casos de deudas
fraccionadas.
5º.- Los/as solicitantes deben ser los titulares del contador de agua, a excepción de las viviendas
que dispongan de contador común en cuyo caso tendrán que aportar la copia del último recibo
emitido a nombre del solicitante y puesto al cobro.
6º.- La bonificación fiscal relativos a esta tasa que puedan ser reconocidos en virtud de la
documentación presentada por los solicitantes, serán efectivos a partir del trimestre en el que se
haya adoptado el acuerdo definitivo y continuarán hasta tanto no haya una modificación en las
circunstancias tenidas en cuenta para su concesión, o bien se inicie un nuevo período para formular
nueva solicitud.
Las solicitudes, así como la documentación adjunta, podrán presentarse bien por vía
telemática, a través de la sede electrónica, bien presencialmente en el Centro de Servicios Sociales
ubicado en el Paseo de Linarejos “Estación de Madrid” s/n, en horario de 10:30 a 13:00.