ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR LA BONIFICACION SOBRE LA TASA DE BASURA

El Ayuntamiento de Linares abre el plazo de solicitud de la bonificación sobre la cuota tributaria en la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de los mismos y utilización del vertedero para la anualidad 2022.
Podrán adquirir la condición de beneficiario las personas cuya situación cumpla con los
siguientes índices:
Las personas cuya situación económica que se indican a continuación, podrán disfrutar de
una bonificación sobre la cuota tributaria del 100% en la tarifa de basura doméstica, siempre que
sus ingresos por unidad familiar no sobrepasen el Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) vigente en
el momento de practicar la bonificación y fijado por el Gobierno de la nación en los siguientes
porcentajes:

Los pensionistas y jubilados gozarán de la tarifa reducida si sus ingresos, por unidad familiar, no
superan al S.M.I.


Requisitos

Los requisitos a cumplir para solicitar la concesión de la bonificación de la tasa de recogida,
tratamiento y eliminación de residuos sólidos son los siguientes:
1º.- Presentar la solicitud con la documentación adjunta que en la misma se determina.
2º.- El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del
siguiente al día de la publicación de la convocatoria en los tablones de anuncios del Ayuntamiento
y del Área de Servicios Sociales.
3º.- No ser titular de bienes susceptibles de producir rentas, en dinero o en especie, a excepción del
inmueble que constituya la vivienda familiar y de un vehículo de uso particular.

4º.- No ser deudor de la Hacienda Municipal. No se entenderá deudor en los casos de deudas
fraccionadas.
5º.- Los/as solicitantes deben ser los titulares del contador de agua, a excepción de las viviendas
que dispongan de contador común en cuyo caso tendrán que aportar la copia del último recibo
emitido a nombre del solicitante y puesto al cobro.
6º.- La bonificación fiscal relativos a esta tasa que puedan ser reconocidos en virtud de la
documentación presentada por los solicitantes, serán efectivos a partir del trimestre en el que se
haya adoptado el acuerdo definitivo y continuarán hasta tanto no haya una modificación en las
circunstancias tenidas en cuenta para su concesión, o bien se inicie un nuevo período para formular
nueva solicitud.

Las solicitudes, así como la documentación adjunta, podrán presentarse bien por vía
telemática, a través de la sede electrónica, bien presencialmente en el Centro de Servicios Sociales
ubicado en el Paseo de Linarejos “Estación de Madrid” s/n, en horario de 10:30 a 13:00.

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